Línea Ética
En cumplimiento de lo ordenado por la Superintendencia Financiera de Colombia mediante Circular Externa 007 del 28 de marzo de 2019, Coragro Valores S.A. estructuró, aprobó y adoptó políticas internas para la recepción y tratamiento de denuncias, con el fin de que las personas que detecten eventuales irregularidades, incumplimientos normativos, violaciones al código de ética y conducta u otros hechos o circunstancias que afecten o puedan afectar el adecuado funcionamiento del SCI-Sistema de Control Interno, puedan ponerlos en conocimiento de los órganos competentes de la Sociedad Comisionista
¿QUÉ ES UNA DENUNCIA?
Es el relato que cualquier persona realizar, en nombre propio o de manera anónima, cuando detecte eventos irregulares, incumplimientos normativos, violaciones al código de ética y conducta u otros hechos o circunstancias que afecten o puedan afectar el adecuado funcionamiento del SCI-Sistema de Control Interno de Coragro Valores S.A.
INFORMACION FINANCIERA
Coragro Valores S.A. pone a disposición los siguientes canales de comunicación, con los cuales usted puede poner en conocimiento a la Sociedad:
- Comunicándose directamente a través del PBX. 3689909- 3689908 Extensión 1000 o 1012, la cual estará dedicada a la recepción de denuncias, las cuales quedarán grabadas para su respectiva investigación y trámite.
- Remitiendo una comunicación escrita al Comité de Auditoría, a la dirección Calle 76 No. 54 – 11, Oficina 602 Edificio World Trade Center en Barranquilla. Presentamos Formulario modelo para presentación de denuncias escritas
- Remitiendo comunicado a los correo electrónico:
RECOMENDACIONES PARA PRESENTAR UNA DENUNCIA
Con el fin de poder ser considerada como denuncia, y de que el receptor disponga de los elementos mínimos para poder adelantar la investigación necesaria, la comunicación de la denuncia contendrá, en la medida de lo posible, lo siguiente:
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- Identificación del denunciante.
- Descripción de la conducta potencialmente irregular.
- Posibles personas implicadas.
- Fecha aproximada de ocurrencia.
- Área de actividad potencialmente afectada.
- Posible impacto en la operación de la entidad.
- Pruebas documentales que el denunciante tenga a su disposición.